Es un instrumento de comunicación habilitado por el Grupo Abedul, sus Centros y/o entidades vinculadas (en adelante, serán identificadas de forma conjunta como “la Organización”), para poder comunicar comportamientos irregulares, ilícitos o que sean constitutivo de una infracción grave o muy grave, producidos en el seno de la Organización.
Based in Paris, we work closely with clients from around the world, getting to the heart of their business to develop successful digital ideas and As a leading digital company in Paris, we look to engage with our clients beyond the conventional relationship, becoming a partner to the people and Through strategy, design, and planning we build brand identities that connect with your Nesi. We then fine-tune a marketing plan that allows us to laser focus. Our nearly 8,000 committed staff members are ready to help. Hub IT allows your business and technology computers to store, transmit, analyze, and manipulate big data. Hub IT allows your business and technology computers to store, transmit, analyze, and manipulate big data. Hub IT allows your business and technology computers to store, transmit, analyze, and manipulate big data. Hub IT allows your business and technology computers to store, transmit, analyze, and manipulate big data. Es un instrumento de comunicación habilitado por la Provincia San Juan de Dios de España, sus Centros y/o entidades vinculadas (en adelante, serán identificadas de forma conjunta como “la Organización”), para poder comunicar comportamientos irregulares, ilícitos o que sean constitutivo de una infracción grave o muy grave, producidos en el seno de la Organización. A) Trabajadores y colaboradores de la Organización: B) Otros colectivos (usuarios, pacientes o terceros no incluidos en el apartado anterior), con las limitaciones descritas. Ud. puede comunicar comportamientos producidos en la Organización que puedan ser constitutivos de ilícito penal (delito) o de una infracción administrativa grave o muy grave. EXCEPCIÓN: Sí se entenderá incluido en el alcance las comunicaciones y/o informaciones relacionadas con hechos constitutivos de ilícito penal y/o infracción administrativa grave o muy grave, tales como: No serán admitidas las comunicaciones que contengan hechos que no son objeto de este canal. A) Podrá remitir su comunicación de forma escrita, nominada o anónima, de la siguiente forma y a través de los canales siguientes: B) Adicionalmente, los trabajadores y colaboradores de la Organización podrán solicitar cita a través del propio sistema de información para efectuar la comunicación de forma verbal. Las comunicaciones verbales deberán documentarse de alguna de las maneras siguientes, previo consentimiento del informante: Cualquier comunicación deberá contener los siguientes requisitos y contenido, de lo contrario, podría ser inadmitida: Recibirá un acuse de recibo y la misma será analizada por el gestor del sistema interno de información, el cual le ofrecerá información en el plazo de 7 días sobre la admisión o inadmisión de la misma, en los términos que se detallan en el procedimiento de gestión de la información. “Procedimiento de gestión de la Información” En caso de admisión, el procedimiento de investigación tendrá una duración máxima de 3 meses, salvo que la complejidad del asunto determine la necesidad de ampliar el mismo, con el limite de 3 meses adicionales. En caso de determinarse que el hecho o el comportamiento informado pudiera ser constitutivo de delito, la Organización lo comunicará inmediatamente a la Fiscalía correspondiente. En todo caso, la Organización garantiza que todas las denuncias recibidas se tratarán de forma confidencial y de conformidad con la normativa de protección de datos en vigor, protegiendo la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación. Antes de iniciar el proceso de comunicación deberá leer y aceptar la política de privacidad, en la que se detallan los aspectos esenciales sobre el tratamiento de datos. La Organización prohíbe expresamente los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia contra las personas que presenten una comunicación en los términos indicados anteriormente. A estos efectos, la protección se extenderá a los siguientes: En caso de entender que la Organización no cumple con lo anterior, o de forma complementaria, podrá remitir su información a través de los canales externos de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. dependiente del Estado o de las Comunidades Autónomas, según corresponda.

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No serán objeto del canal, la siguiente tipología de comunicaciones:
Si desea comunicar el hecho por esta vía, deberá cumplimentar el formulario que encontrará seguidamente, además de leer y aceptar las Normas de Funcionamiento del canal y su Política de Privacidad.
Se entiende por represalia cualesquier acto u omisión que esté prohibidos por la ley, o que, de forma directa o indirecta, supongan un trato desfavorable que sitúe a las personas que las sufren en desventaja particular con respecto a otra en el contexto laboral o profesional, solo por su condición de informante, o por haber realizado una revelación pública. Así, a título enunciativo, se consideran represalias las que se adopten en forma de:

